Sanidad y las CCAA acuerdan qué datos deben tener los informes clÃnicos en el SNS
El Ministerio de Sanidad y PolÃtica Social y las Comunidades Autónomas han dado un nuevo paso en la cohesión del Sistema Nacional de Salud (SNS). Hoy, el Consejo Interterritorial reunido en Mérida ha dado luz verde al real decreto que regula el Conjunto MÃnimo de Datos de los Informes ClÃnicos que deben ser recogidos en los documentos clÃnicos necesarios para desarrollar la Historia ClÃnica Digital del SNS.
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El objetivo es facilitar el acceso de los profesionales y ciudadanos a aquellos datos de las historias clÃnicas de los pacientes que son relevantes desde el punto de vista de la asistencia sanitaria. Este conjunto de datos ha sido consensuado con las CCAA y con sociedades cientÃficas médicas y de enfermerÃa.
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El conjunto mÃnimo de datos se incorporará a los documentos electrónicos que servirán de base para la Historia ClÃnica Digital del SNS. Éstos son:
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·       El informe de alta de hospitalización.
·       El informe de consulta de especialidades.
·       El informe de atención de urgencias.
·       El informe de consulta de atención primaria.
·       El informe de resultados de pruebas de laboratorio.
·       El informe de resultados de pruebas de imagen.
·       El informe de cuidados de enfermerÃa.
·       La historia clÃnica resumida (HCR).
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Todos estos documentos deberán servir para mejorar y agilizar la asistencia de los pacientes y el trabajo de los profesionales sanitarios que los atiendan. En ellos se describen los detalles de los diferentes episodios de atención de la biografÃa sanitaria de los pacientes, quienes hasta el momento recibÃan esta información en papel.
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El conjunto mÃnimo de datos supone un instrumento consensuado para recoger la información clÃnica esencial de manera estandarizada, lo que garantiza el mismo grado de calidad en los documentos de salud de todos los ciudadanos que deban recibir atención sanitaria, independientemente del territorio en el que residan habitualmente.
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La definición de estos contenidos mÃnimos de datos para el SNS no impide, sin embargo, que cada Comunidad Autónoma amplÃe cada uno de los informes con los datos de salud que considere oportunos.
Fuente: Gabinete de Prensa. Ministerio de Sanidad y PolÃtica Social (3 de junio de 2009).

















